La Iglesia y la
política indigenista, por Rafael A. Strauss K.© – Escuela de Historia-UCV, ponencia
presentada el 1.6.1995 en las Segundas Jornadas de Historia Eclesiástica
Venezolana La Iglesia en los avatares del siglo XX Venezolano. Caminando hacia
el Quinto Centenario (1988), organizadas por el Centro de Investigaciones de
Historia Eclesiástica, CIHEV. 28 mayo-1 junio, Instituto Universitario
Seminario Interdiocesano Santa Rosa de Lima, Caracas. [Los otros ponentes fueron: Manuel
Caballero, Pbro. Hermann González O., Mons. Baltazar E. Porras C., Tomás
Polanco A., Aureo Yépez Castillo, José Rodríguez Iturbe, Eduardo Morales Gil,
Rafael Fernández Heres.]
La primera percepción que tuve cuando se
me solicitó que para las Segundas Jornadas de Historia Eclesiástica
desarrollara el tema La Iglesia y la Política Indigenista en Venezuela, fue la
de que estaba ante un tema ciertamente escabroso. Escabroso en su sentido de
situación llena de tropiezos y embarazos, si hacemos caso a una de las
acepciones anotadas en cualquier buen diccionario de la lengua española. Y la
primera imagen –suelo iniciar mis investigaciones y escritos partiendo siempre
de una imagen– fue la de estar caminando sobre un tusero con alpargatas nuevas,
para utilizar una expresión popular de mi infancia larense-yaracuyana.
Tema escabroso, quizá por la naturaleza y
características de los protagonistas en este asunto del indigenismo: los
misioneros, con una labor ciertamente defendible, desde un punto de vista, y
tras quienes ha habido una gradiente de apoyo de un mundo mayoritariamente
católico venezolano, para el que la salvación y la difusión del Evangelio en
cualquier escenario son materia prioritaria desde los predios de su fe; un
Estado que ha legislado en torno a una de nuestras 'minorías étnicas' más
visibles, los indígenas, pero cuya labor indigenista y, sobre todo, su
efectividad, siempre han sido puestas en duda; una teoría antropológica que
detenta la idea, igualmente defendible, del respeto a la diversidad cultural en
los escenarios mundial, nacional, regional, local; una población, la indígena,
a la que se ha percibido como necesitada de cuidados especiales, pero también
como carta más o menos mostrable para sustentar de manera intermitente una
discutible 'identidad nacional' y, finalmente, una 'población nacional' con
serios problemas de ubicación ante el discurso de la Iglesia y el de la
Antropología cuando del indígena se trata.
Frente a esta situación, decidí abordar
de la manera menos subjetiva posible –convencido de que la objetividad cada vez
existe menos– lo que interpreté como momentos o situaciones clave para este
asunto de la Iglesia y la política indigenista, a través de la revisión de
informaciones –muy dispersas– en la prensa nacional y regional y en revistas.
No pretendemos, sin embargo, una historia, ni una cronología, ni una
periodización de esta materia y menos, una historia del indigenismo en
Venezuela. En nota a pie de página ofrezco los datos de algunos de los trabajos
que al respecto han desarrollado estudiosos como Esteban Emilio Mosonyi,
Horacio Biord Castillo y, más recientemente, Omar Rodríguez. [Esteban Emilio Mosonyi, El indígena venezolano en pos de su
liberación definitiva. Ediciones de la Facultad de Economía y Ciencias
Sociales, UCV, Caracas, 1975; Horacio Biord Castillo, "Indigenismo".
En: Diccionario de Historia de Venezuela,
Fundación Polar, Caracas, 1988, t. E–O [II]:537–540 y Omar Rodríguez, Contribución a la crítica del indigenismo,
Ediciones Sovar–Abre Brecha, Caracas, 1991.]
La década de los setenta es
particularmente significativa para la discusión del tema indigenista y la
Iglesia Católica. La prensa del país, principalmente El Nacional, y algunas revistas como Venezuela Misionera y Sic,
han poblado sus páginas con una serie de noticias y disertaciones provenientes
tanto del escenario eclesiástico como del antropológico y de otros sectores. En
1975 la UCV edita un importante trabajo de Esteban Emilio Mosonyi titulado El indígena venezolano en pos de su
liberación definitiva. Fray
Cesáreo de Armellada y algunos laicos editarán en Venezuela Misionera una serie de artículos en los que se reproduce
la Ley de Misiones del 16 de junio de 1915, con comentarios justificadores del
trabajo misionero en las sociedades indígenas de Venezuela, sustentando esta
justificación en elementos de carácter histórico y en la idea central de la
salvación del indio a través de la fe cristiana y de la civilización. Algunos de estos artículos defienden y
justifican la necesidad de las Misiones en las sociedades indígenas del país, destacando
y comprobando niveles de sacrificio de misioneros y misioneras en el campo, y
en franco enfrentamiento principalmente con los antropólogos sociales, aluden a
lo que se va a generalizar como "antropología de gabinete". Esta
suerte de confrontación entre misioneros y antropólogos en cuanto al trabajo en
el campo, va a ser una actitud presente aún en las discusiones que en nuestros
días se dan sobre el tema.
El 12 de octubre de 1975, el Papel
Literario de El Nacional ofrece una
edición especial que titula "La identidad del hombre americano", con
excelentes y puntuales colaboraciones de Miguel Acosta Saignes, Juan Liscano,
Eduardo Galeano y una selección de mitos y textos literarios indígenas hecha
por Esteban Emilio Mosonyi. En una sección especial, esta edición inserta la
opinión de otros estudiosos de la cultura venezolana, bajo el título de
"Pro y contra de la Ley de Misiones". [El Nacional, Caracas, 12.12.1975, Papel Literario, p. 4.] A estos estudiosos –Fray Cesáreo de
Armellada, Daniel de Barandiaran, Hermann González, Arcadio Montiel, Guillermo
Morón y Alberto Valdez– el Papel Literario los convoca "para analizar la
Ley de Misiones y su influencia sobre la evolución cultural de nuestras
poblaciones autóctonas", bajo la pregunta común "¿Ha contribuido la
Ley de Misiones a preservar el patrimonio cultural de nuestros indígenas? O por
lo contrario, según señalan algunos antropólogos, ¿ha permitido esa Ley que
haya brotes de etnocidio en el territorio nacional?".
Las respuestas emitidas recogen bastante
claramente la situación de la política indigenista venezolana, amen de las
opiniones de reconocidos representantes de la Iglesia Católica, la
antropología, la historia y el segmento agrarista del Estado venezolano para la
década de los setenta. En esencia, la confrontación que estas respuestas
plantean o traslucen no ha variado en nuestros días.
Fray Cesáreo de Armellada, director de la
revista Venezuela Misionera,
sintetiza la historia de las Misiones en nuestro período republicano, haciendo
hincapié en los aspectos legales del asunto desde 1824 hasta la Ley de 1915,
dada por el Congreso tras fortísimas polémicas. Dice Armellada: "Las
misiones se mandaron restaurar para […] hacer efectiva la posesión de las zonas
extremas del país y así evitar la invasión de las naciones vecinas (Guyana,
Brasil, Colombia)"; asimismo, para "preparar esas zonas, mínimamente
pobladas, para una colonización interna [y] sacar a los pueblos indígenas de su
marginalidad e incorporarlos a la vida activa nacional". Asegura Armellada
que "Con las Misiones comenzó la nación [venezolana] a ejercer el completo
dominio de zonas que antes sólo eran nuestras en el mapa [y que] Patriotas y
beneméritos de la patria somos los misioneros".
A esta motivación geopolítica, aún
vigente como argumentación de la Iglesia Católica, Armellada agrega: "los
misioneros y misioneras que pusimos las manos y todo nuestro ser al
cumplimiento de la ley […] creemos haber dado un buen ejemplo de amor a
Venezuela y a sus pueblos aborígenes, trabajando con el mayor desinterés […],
en lugares a donde nadie quería ir y a donde aún ahora son pocos los que
aceptan ir no obstante los buenos sueldos y otras ventajas". En cuanto a
la pérdida de algunas características culturales de los indígenas, Armellada lo
atribuye a la dinámica misma de la cultura.
Daniel de Barandiaran, desusadamente
irreverente en su respuesta, arremete contra la política indigenista oficial al
referirse a que "genios autodidactas del indigenismo acaban de inventar
[…] un Instituto Indigenista Nacional que, sin definir previamente lo que es y
debe ser una política indigenista nacional, rescatará y salvará al
indígena".
El padre Hermann González, por su parte,
responde aseverando que "La acción indigenista en Venezuela ha sido
cumplida por la Iglesia, y principalmente a través de misiones", lo cual
este estudioso presenta como "un hecho histórico innegable". Para
probarlo se remite a los informes y relaciones que van desde 1817 hasta
períodos posteriores a la Ley de Misiones de 1915. Sobre esta Ley y su
Reglamento dice que "adolecen de defectos reales y [que] sobre todo están
infectados por una visión del problema indígena completamente arcaica".
Dice estar convencido de que los problemas indígenas no se solucionarán con la
derogación de esta legislación, ni con la creación de otros organismos, ni con
lo que denomina "meras innovaciones legales", y arrima el concepto de
una "integración selectiva intercultural en el proceso de poblamiento e
incorporación de las zonas indígenas". Hermann González aboga por una
ayuda técnica a los indios "para que no sean desarticulados más profunda y
fácilmente que nuestros campesinos […] dentro del proceso de agresión y
marginalización económica y cultural existentes". Propone para ello que
quienes asuman esta ayuda cumplan una "inserción respetuosa y comprometida
hecha dentro del medio y no desde oficinas". Con esta proposición, el
padre Hermann rescata y fortalece el perfil del misionero y arremete contra los
estudiosos y políticos recién llegados al indigenismo, y dice que "Se
necesita una voluntad de servicio permanente y no la visita esporádica,
exhibicionista y efectista. Se requiere –dice– una decisión de compartir la
vida ayudando a superar los nuevos desafíos inevitables de la vida, y no
simplemente criticar los defectos de la obra de los pocos que han consagrado la
vida al indígena".
Para la fecha de este trabajo, 1975,
Hermann González piensa que "El ordenamiento misional vigente puede y debe
ser perfeccionado" y cree que la Iglesia Católica sería la primera en
desearlo, pero que no por ello "dejarían de existir las misiones
católicas, a cuyo favor existe la ley especial de Venezuela, contenida en el
convenio con la Santa Sede de 1964".
En cuanto a los culpables de la situación
del indígena el padre Hermann precisa una ristra de culpabilidades en
"quien hace propaganda de grandes planes de reforma agraria, cuyos
créditos […] no llegan a tiempo al Yaracuy, y piensa que sí serán cumplidos en
Amazonas" y cuando el otorgamiento ocurre se trata sólo de un "engaño
del reconocimiento de ocupación precaria"; y es culpable también quien
dice amar al indio "sólo para hacerse propaganda a sí mismo; y culpables
son los profesionales invitados a hacer política de desarrollo fronterizo que
se han negado y se niegan a ello; y culpables son también quienes se quejan
"de que las misiones católicas […] están en manos de sacerdotes […]
extranjeros" y concluye diciendo que los culpables son todos aquellos
"que viven de espaldas a la realidad enfermiza de nuestras fronteras anémicas
de sangre venezolana".
Arcadio Montiel, otro de los
entrevistados, era para el momento, educador indígena guajiro, miembro del
Comité Central de la Organización Indígena del Zulia y miembro del Clan guajiro
Ulíana. Comienza su intervención criticando el hecho de que a las Misiones se
les otorgara "el derecho de llevar elementos ajenos a la cultura auténtica
de la población americana". Visualiza a los curas y misioneros como
"representantes evangelizadores […] de una filosofía que conduce al
desarraigo" y no entiende Montiel "el por qué una política del Estado
[venezolano] haya entregado lo más digno y lo más auténtico de nuestra
nacionalidad a personas ajenas e indolentes a los grupos étnicos". Es por
ello, dice, que la Ley de Misiones, "a través de su larga historia, […] ha
seguido una política contraproducente a la realidad histórica de los
indígenas". Y después de hacer un breve recorrido por las labores de
evangelización desde 1492, afirma que "la política desarrollada en el
proceso de colonización y destrucción de la América no se ha modificado
absolutamente nada en nuestros días por cuanto el Estado venezolano prosigue la
temporaneidad histórica destructiva que [los españoles todos] empezaron".
Es por eso, dice, que la política indigenista no es sino "la aceptación
oficial de la ley de misiones que no es más que el derecho que se les otorga a
los religiosos católicos y protestantes de vejar e irrespetar las culturas
indígenas".
Como ejemplo de esa política del
irrespeto Arcadio Montiel señala los objetivos oficiales de la Dirección de
Cultos y de la Oficina Central de Asuntos Indígenas, OCEI, "que han
pretendido […] 'incorporar' al indígena al desarrollo nacional, sin valorar la
autenticidad cultural de estos grupos étnicos [pues] Esta dirección de cultos
solamente pretende evangelizar al indígena bajo el lente del catolicismo que va
en detrimento de la auténtica y real religión indígena que presenta una
filosofía mucho más elevada en contenido social que la que encierran las
religiones católica y protestante".
Finalmente, Arcadio Montiel expone una
información que no puede ser más dramática, para 1975 y aun en nuestros días,
si hacemos caso a los varios importantes trabajos de tesis emergidos de
nuestras universidades. Dice Montiel: "el interés de la oligarquía
nacional no es desarrollar la autenticidad de las culturas venezolanas sino
mantener la mano de obra barata proveniente de estos venezolanos al servicio de
los terratenientes y capitalistas que explotan a su antojo al indígena".
De seguidas opinó el historiador
Guillermo Morón, basando su respuesta en tres puntos y una conclusión. En
primer lugar, Morón plantea que el objetivo de las misiones coloniales y las
actuales es el de "difundir el evangelio entre los pueblos que no lo
conocen", de tal manera que la idea del "desarrollo cultural del
indígena" es idea que habría que descartar "porque eso no se planteó
ni está planteado en el ejercicio misional". Dice Morón que "Las
misiones cumplieron un papel histórico, al margen de su función principal de
catequizar", refiriéndose al hecho "de haber servido para sustentar
la incorporación del indígena venezolano a la cultura criolla". Pero
insistiendo en el asunto del desarrollo cultural del indígena, Morón califica
esta idea como "una tesis nueva, muy nueva, que sólo en nuestros días
tiene vigencia". El misionero, dice Morón, –"salvo alguna excepción
de misionero concreto con formación científica y sensibilidad moderna– no puede
cumplir con el objetivo del desarrollo cultural del indígena porque la Ley de
Misiones, en sí misma, "es paternalista, de simple protección […] y porque
la realidad histórica está en que la cultura criolla es la cultura
dominante". En este sentido, Guillermo Morón considera que "la
tendencia natural lleva a absorber las minorías, incluida la indígena".
La tercera consideración de Morón se
refiere al uso del término etnocidio, que "se utiliza equivocadamente, muy
cargado de pasión política, de lucha ideológica o de resentimiento
personal". No cree que "las misiones ni el Estado español ni el
Estado venezolano han sido etnocidas. Han sido y son negligentes, que es una
cosa muy distinta".
Antes de emitir su conclusión Morón
expone que "en Venezuela está planteada como realidad histórica actual un
pluralismo cultural". Y concluye que el desarrollo del indígena "no
es misional, es una tarea política en su sentido más amplio", y que
"Corresponde al Estado trazar las normas legales, proyectar la acción y
ejecutarla a cabalidad".
El otro entrevistado por el Papel
Literario de octubre de 1975 es Alberto Valdez, abogado agrarista que para ese
momento laboraba en la Fundación para la Capacitación e Investigación Aplicada
a la Reforma Agraria. Valdez, además, es autor del trabajo titulado La dotación de tierras a las comunidades
indígenas en Venezuela, desde la colonia a nuestros días.
En sus consideraciones acerca de la
política indigenista en Venezuela Valdez comienza preguntándose acerca del
"balance histórico de la acción misional". Aclarando que análisis de
este tipo son susceptibles de errores, acepta la existencia de beneficios.
"Si es cierto –dice– que el indígena niño arrancado a su comunidad a
temprana edad, impedido tradicionalmente de hablar su lengua en el internado
misional, bien por prohibición, ya por tener como compañeros a otros niños de
diferentes lenguas, renunciando al compromiso vivencial con los suyos, es luego
el hombre que en el Amazonas acepta pasivamente el epíteto de 'irracional' como
nombre genérico con el cual lo identifica el 'criollo', es también cierto que
la acción curativa y preventiva realizada en los dispensarios misionales tiene
bastante que ver con el sostenido aumento poblacional que se observa en
nuestras minorías étnicas autóctonas".
Seguidamente, Alberto Valdez desgrana en
su respuesta varios acontecimientos que exaltan tanto el trabajo misional como
la actitud que en defensa de sus comunidades han adoptado varios dirigentes
indígenas, situación esta que, según Valdez, es la que le interesa resaltar y
no limitarse al comentario de una Ley como la de Misiones, a la que califica de
"vejatoria […] cuando hace del indio un menor de edad, sin derecho a la
contratación laboral, a la patria potestad y a salir de la jurisdicción
territorial de la Misión".
A propósito de una eventual derogación de
la Ley de Misiones, Alberto Valdez apunta que a su entender "la acción
misional más dañina la están realizando las misiones norteamericanas ajenas al
Régimen Misional oficial […] practicada por sectores protestantes expulsados de
las grandes sectas dado su fanatismo extremista". En consecuencia, Valdez
recuerda "que en el Art. 12 del Modus Vivendi entre Venezuela y el
Vaticano" nuestro país "se obliga a seguir prestando su apoyo al
Régimen Misional, al mismo tiempo que los vicarios son nombrados directamente"
por la Santa Sede, "sin previa consulta con el Gobierno Nacional".
Antes de hacer una proposición concreta
en relación con la derogación de la Ley de Misiones, Alberto Valdez envía un
reconocimiento a los expositores y partidarios de lo que el entrevistado llama
Nueva Actitud Misional, "quienes dentro del misionerismo oficial o fuera
de él ([como es el] caso de los Hermanos de Faucauld en Santa María de Erebato
y Nichare–Cuchime), han realizado una labor dentro de las líneas del
indigenismo de liberación".
Dice, entonces, Valdez, que en caso de
una ley derogatoria de la actual de Misiones, tendría que tratarse de una ley
que reconociera "a nuestras minorías étnicas autóctonas el derecho a la
autogestión y a la autodeterminación, dentro de una pluralidad cultural nacional",
que es el sentido de dos de los artículos del "Acta Constitutiva de las
seis federaciones regionales de indígenas existentes en nuestro país".
Como consideración final de su respuesta,
Alberto Valdez acota que cuando la acción oficial o no de las misiones se
"centra en la catequesis impositiva […] es claramente violatoria de
nuestra Constitución Nacional, por cuanto cercena el derecho a la libertad de
cultos".
Esta rica información para el debate
Iglesia y Política Indigenista en Venezuela se produce, como vimos, por
gestiones del Papel Literario de El
Nacional, en octubre de 1975. Hacia agosto–setiembre del año anterior,
1974, se había realizado en Caracas un foro sobre problemas indígenas, por
iniciativa de la Asociación Pro Venezuela. Una de sus características es que,
según las fuentes que hemos consultado, no fueron invitados los misioneros y es
posible que la importancia de este evento estribe en que va a fortalecer una
polémica que se prolongará, de hecho, hasta nuestros días.
Las opiniones del segmento misional y de
otros sectores no se hicieron esperar. Fray Cesáreo de Armellada se queja, por
ejemplo, de que no se oyó en el foro de Pro Venezuela a los misioneros del
Caroní, Alto Orinoco, Tucupita y la Guajira "que son los que más
relaciones mantienen con los indígenas en este país y los únicos que, hasta
ahora, los han promocionado", dice. Octavio Casado apunta que lo que
faltaba en Pro Venezuela era este desplante de no haber invitado a los
misioneros a un evento que este laico califica de "palestra de trasnochados
anticlericalismos" [Ambas
citas provienen de Octavio Casado, "Las declaraciones de un
antropólogo"; Venezuela Misionera,
Año XXXVI, Nº 425:277–279, octubre 1974. Caracas. Es una respuesta a un
artículo de Miguel Acosta Saignes, en El
Nacional, Caracas, 10.8.1974, donde el antropólogo propone la derogación de
la actual Ley de Misiones.] Monseñor Ovidio Pérez Morales, en un artículo que
titula "Las Misiones en Pro Venezuela" hace una serie de
consideraciones que Fray Cesáreo de Armellada traslada a las páginas de la
revista Venezuela Misionera. ["Mons. O. Pérez Morales por las Misiones", Venezuela Misionera, Año XXXVI, Nº
428:324–326, diciembre de 1974. Caracas. El artículo de Mons. Ovidio Pérez
Morales está en El Nacional,
Caracas, 30.9.1974]
Expresaba Monseñor Pérez Morales que el
11 de mayo se habían cumplido "50 años de haber sido restauradas las
Misiones en Venezuela [como] resultado de la Ley de Misiones del año 15, del
Reglamento respectivo y del Convenio, que en el 22 habían firmado el Ejecutivo
y los Capuchinos". Para un perfil de las Misiones en la actualidad,
Armellada toma las palabras de Monseñor Ovidio: los misioneros –dice– "se
han adentrado en la Venezuela desconocida, marginada; para ir, no en pos de la
sarrapia y del diamante, sino en búsqueda de personas para servirlas,
incorporarlas a la patria, iluminarlas con el Mensaje del Evangelio. Y recoger,
traducir y promover su expresión cultural". Se pregunta Monseñor Pérez
Morales, como recientemente lo hiciera Monseñor Mario Moronta en el programa
Primer Plano, ¿no han guardado los Misioneros nuestras fronteras, "cuando
otros cómodamente dormían? ¿No abrieron trochas con hacha y machete; y a pie y
con morral a cuestas, no iniciaron un encuentro antes de que otros llegaran con
aviones y camionetas?. Antes de que la ciencia antropológica, la investigación
sociológica, los alambicamientos ideológicos y la nueva pedagogía comenzaran a
formular y desformular lo indígena y misional, los misioneros estaban ya en la
brega… o habían ya agotado su existencia, enseñando, construyendo,
evangelizando, curando".
Pérez Morales expresa, además, que al
igual que en la Iglesia, en las Misiones "se plantea la necesidad del
aggiornamento" y cree que las Misiones están abiertas a ello. Refiriéndose
al foro de Pro Venezuela acerca de la problemática indígena venezolana, Pérez
Morales califica las críticas a las Misiones –aparecidas en El Nacional, el 3.9.1974, C6– como
sectarias, injustas y subjetivas; de "Jacobinismo trasnochado. Ausencia de
perspectiva histórica. Indigenismo de gabinete", ocurridas en un foro de
"unilateral representatividad". Concluye sus consideraciones
preguntándose si de lo que se trata es de renovar la política indigenista, y su
respuesta es "¿Por qué no?, [pero que] Brinden su aporte las ciencias del
hombre, [que] Colaboren pensadores y políticos", pero que se proceda
"con sinceridad y verdad".
En otro artículo no menos importante, que
Armellada titula "¿Es 'tabú' la Ley de Misiones?" [En: Venezuela
Misionera, Año XXXVI, Nº 428:348–349, diciembre 1974. Caracas.] el
fraile responde a las críticas de que tanto las misiones como la mencionada Ley
han sido "un instrumento legal ineficaz", y dice que la ineficacia no
está en estas instancias sino en "el escaso número de misioneros y el
escasísimo número de monedas para territorios tan extensos y para necesidades
tan vastas". Dice Armellada, además, que en distorsionadas
interpretaciones a la Ley de Misiones se ha dicho, inclusive, que
"Venezuela se avergüenza de tener indios" y "la verdad es que
Venezuela siente tenerlos como los tiene y sobre todo como los tenía antes [de]
que fueran allá los misioneros". Y finaliza este artículo y esta defensa
diciendo: "Mi parecer personal es que la Ley de Misiones es muy buena, muy
conforme con el espíritu bolivariano".
A finales de los setenta y principios de
los ochenta, se va a producir en el país una serie de eventos, de publicaciones
y de trabajos en prensa y revistas, transcendentales, ciertamente, para el tema
de las misiones, la Ley de Misiones y la Iglesia y la política indigenista.
En julio de 1978 se lleva a cabo en
Barquisimeto, estado Lara, lo que se denominó Asamblea de Antropólogos
Críticos, en la que Miguel Acosta Saignes expone lo que llamó "Sugerencias
para un Anteproyecto de Ley sobre Etnias Indígenas". Hasta donde sabemos,
esta ponencia no ha sido publicada. Los lineamientos propuestos por Acosta
Saignes, que él formulara en realidad desde 1974, afortunadamente van a ser
retomados y enriquecidos en dos trabajos suyos, posteriormente editados con los
títulos: "Los derechos de las sociedades indígenas", en 1979 por la
revista Actual, de la Universidad de
Los Andes, y "Sobre la sustitución de la Ley de Misiones", por la
revista Sic, del Centro Gumilla, en
febrero de 1980. [Miguel
Acosta Saignes: a) "Los derechos de las sociedades indígenas". Actual, Nº 11:17-20, noviembre 1979.
ULA. Mérida; b) "Sobre la sustitución de la Ley de Misiones". SIC, Año XLIII, Nº 422:59-62. Caracas,
febrero 1980.] Ambos
artículos son también de especial importancia para la temática que estamos
exponiendo, sobre todo porque entre diciembre del 79 y enero del 80 una
Comisión de la Cámara de Diputados, presidida por Alexis Ortiz, deseaba conocer
la situación de las comunidades indígenas de Venezuela, las relaciones con las
instituciones misionales católicas, las tensiones producidas en las áreas
indígenas por la presencia de las llamadas Nuevas Tribus, las opiniones de los
propios indígenas, y deseaba saber también esta Comisión "cuáles podrían
ser adecuadas soluciones".
No vamos a detallar la riqueza heurística
de estos trabajos de Acosta Saignes, ni la de la documentación que estas
averiguaciones de congresantes produjeron, ni la riqueza contenida en la serie
de artículos y eventos a que dio lugar este retomar el asunto de la
problemática indígena de Venezuela. Vamos, sí, a revisar someramente la
argumentación planteada por Acosta Saignes en sus críticas a la Ley de
Misiones.
En general, esta Ley exhibe varias
cláusulas que particularmente han sido señaladas como contentivas de
"criterios erróneos acerca de las culturas indígenas", además de
"graves errores antinacionales y constitucionales", aun para la época
"cuando el régimen gomecista revivió criterios coloniales", señala Acosta
Saignes. Esto, que parecería una postura extrema, puede ser constatable desde
el primer artículo de la Ley de la Misiones de 1915, que a la letra expresa:
"Con el fin de reducir y atraer a la vida ciudadana a las tribus y
parcialidades indígenas que aún existen en diferentes regiones de la República,
y con el propósito, al mismo tiempo, de poblar regularmente esas regiones de la
Unión, se crean en los Territorios Federales y en los Estados Bolívar, Apure,
Zulia, Zamora y Monagas, tantas Misiones cuantas sean necesarias, a juicio del
Ejecutivo Federal".
El cuestionamiento a esta Ley, a su
Reglamento y a los Convenios que de ellos se han derivado, se particulariza en
los artículos 3º, 5º, 6º y 8º de la Ley y 2º de su respectivo Reglamento,
normativa que, según Acosta Saignes, "concedió sobre enormes territorios
[…] derechos de jurisdicción económica, política, civil, territorial, a
corporaciones religiosas extranjeras, que podían regir a verdaderas
jurisdicciones de la nación venezolana con plenos derechos de
extraterritorialidad". Un acontecimiento altamente significativo, que data
de 1947, podría ilustrar tanto lo concerniente a los "criterios erróneos
acerca de las culturas indígenas", como lo de "graves errores
antinacionales y constitucionales".
El Juzgado de Primera Instancia en lo
Civil, Mercantil y Criminal del entonces Territorio Federal Amazonas, emite
decisión a propósito de un homicidio por el que se acusaba a José Encarnación,
indígena de 18 años de edad. Las gestiones efectuadas ante la Corte Juvenil de
Apelación, en febrero de 1947, arrojaron las siguientes consideraciones:
a)
"En lo que hace al fondo de la cuestión consultada, se observa que,
conforme a la ley de Misiones, uno de los fines primordiales por los cuales han
sido creadas […] fue el de reducir y atraer a la vida ciudadana las tribus y
parcialidades indígenas no civilizadas"
b)
"Conforme a las normas que sirvieron de base a la Ley y a los Convenios
respectivos, debe separarse del campo legal ordinario a los indígenas no
civilizados que en lógica no deben equipararse a los ciudadanos dotados de
desarrollo mental y cultural, quienes están colocados en un grado de
planificación social superior"
c)
La Ley de Misiones, el "Estatuto legal [,] establece en su artículo 5º que
para el mejor régimen y dominio de la República sobre los tribunales que
comprenden las Misiones, éstas quedan separadas de toda otra jurisdicción"
d)
"Conforme a lo expuesto, se deduce que el legislador otorgó gran autoridad
a los Vicarios y Superiores de aquellas Misiones, en lo que se refiere a toda
clase de jurisdicción, situando fuera de la ordinaria los indígenas no
civilizados"
e)
Comparte por tanto esta superioridad el criterio de los que opinan 'que en
atención a aquellos poderes, corresponde a la Misión del Caroní aplicar las
sanciones que estime adecuadas al grado de responsabilidad que pudiera
presumirse en el indígena delincuente no civilizado [,] por ser inadmisible que
un ser en estado primitivo fuese sometido a la jurisdicción penal ordinaria' y
que aquella autoridad misionera es la competente para establecer el grado de
civilización para en el caso de estar en condiciones suficientes, ser juzgado
por tribunales ordinarios, conforme a las pautas del derecho común"
Y
concluye: "Por tanto, en nombre de la República y por autoridad de la Ley,
se declara que el presente caso debe consultarse previamente al Superior
inmediato de la misión del Caroní, por razones de jurisdicción".
Este caso fue publicado por la revista Sic, del Centro Gumilla, en febrero de
1980. [Miguel Acosta Saignes,
"Sobre la sustitución de la Ley de Misiones". SIC, Nº 422:59-62. Caracas, 1980.]
En este mismo trabajo se alude a los
planteamientos hechos por la Delegación de Bélgica en ocasión del séptimo
período de sesiones de la Asamblea General de las Naciones Unidas, en 1952.
Bélgica, "Para defender su actuación como pueblo […] que ayuda a progresar
a poblaciones […] del Africa, presentó la analogía de lo que sucede en
territorios de Venezuela habitados por indígenas, donde la Constitución ha
establecido un régimen de excepción que se fundamenta en la Ley de Misiones de
1915 y su Reglamento de 1921, 'por los cuales se otorgó a las misiones
católicas concesionarias de los territorios de evangelización, el carácter de
instituciones de derecho público y se le confiaron las atribuciones
administrativas, el mantenimiento del orden público, las medidas en favor de la
prosperidad material de los territorios, la protección social y la
educación'". Son palabras de la argumentación presentada por los belgas, a
propósito de la cual, Miguel Acosta Saignes comenta que "ante las Naciones
Unidas, aparecía Venezuela avalando actos colonialistas en otro continente,
debido a los criterios plenamente coloniales que habían sustentado la Ley [de
Misiones] y su Reglamento".
Es cierto, sin embargo, que en algunos
momentos la normativa de la Ley de Misiones de 1915 no ha regido en su
totalidad, lo que podría avalar la pregunta de por qué y para qué mantener un
instrumento legal de ese tipo. Porque distintas circunstancias han hecho que en
ocasiones el Estado venezolano inclusive haya violado dicha Ley, como cuando la
Junta de Gobierno de 1951, a través del Decreto 250, permitió a particulares y
otras entidades visitas a las zonas indígenas, previo permiso concedido por el
Ministerio de Justicia. Asimismo, que se enmendara, como en 1956, cuando se
trastocaron los límites de la Misión de Tucupita y de la del Caroní, previstos
en la Ley de Misiones, debido al "crecimiento de ciudades y pueblos cuyo
vigor impedía que se mantuviesen dentro de la inmensa concesión otorgada
anteriormente a las Misiones".
Otro momento importante lo representa el Primer
Congreso Nacional Indigenista o Primer Encuentro Nacional Indígena, celebrado
en Paraguaipoa, estado Zulia, del 6 al 12 de octubre de 1979. De hecho, fue un
evento con cierta resonancia internacional por la presencia de ponentes
indígenas de Panamá y de Colombia, por la cobertura que se le dio en escenarios
del exterior y por el eco que tuvo en universidades y, directa o
indirectamente, en los discursos de orden que se leyeron en varios Concejos
Municipales del país a propósito del 12 de Octubre. Si hacemos caso a las
noticias de prensa, principalmente El
Nacional que diariamente cubrió el encuentro, podríamos concluir que en
Paraguaipoa se discutió una buena parte de los problemas que los indígenas de
Venezuela sentían como suyos, entre los que se destacó la tenencia de la tierra
y educación propia. [Algunos de estos trabajos: a) Oscar Silva; "Duelo entre
científicos. ¿Qué pasó en Paraguaipoa?"; El Nacional, Caracas, 14 de octubre de 1979, Papel Literario, p. 4;
b) Arturo Sosa A., "Historia,
identidad y memoria"; El Nacional,
Caracas, 14.10.1979, A4; c) [Alfredo
Chacón]; "Discurso contra la persistencia del orden colonial. Pronunció el
antropólogo Alfredo Chacón en el Concejo Municipal de Ocumare del Tuy […]. Esta
efemérides es según él motivo y signo de una seria y nada inocente
desorientación histórica". El
Nacional, Caracas, 13.10.1979, C17; d)
Marlene Nava; "Afirmación unitaria en el Primer Encuentro Nacional
Indígena". El Nacional,
Caracas, 9.10.1979, C11; e)
"Estructura indígena panameña podría ser tomada como modelo. Propiedad de
la tierra, representación en el Senado y leyes propias con algunos de los
derechos vigentes para el indio itsmeño". El Nacional, Caracas, 8.10.1979, C12. [El documento se conoce como
La Carta Orgánica de San Blas]; f)
"Al indio no se le redime con espejitos" [Ponencia del Wayuu de
Colombia Liberio Parra]. El Nacional,
Caracas, 8. 10.1979, C12; g) "I
Congreso Nacional Indigenista. Reclaman tenencia de la tierra y educación
propia". El Nacional, Caracas,
8.10.1979, C12.
En cuanto al tema que más directamente
nos interesa, la Iglesia y la Política Indigenista, en Paraguaipoa se
ventilaron dos elementos que consideramos clave: la petición de la dirigente
indígena Lourdes Campos Wipe de que "los misioneros no siembren el terror
entre la población aborigen diciéndoles que son pecadores o que los perseguirán
los dioses porque no practican el Evangelio o el Cristianismo" [
h) "Asegura lideresa
aborigen [Lourdes Campos Wipe]. El Estado venezolano es responsable de la
situación del indígena". El
Nacional, Caracas, 12.12.1979, C12] y la intervención de Esteban Emilio Mosonyi en
cuanto a que "no existe libertad de cultos para el indígena" y
"que en cuanto a los misioneros evangélicos la lucha es a fondo: los
indígenas piden expulsión del país, pero que con respecto a los misioneros
católicos, sus hacedores están abiertos al diálogo de manera que se han
establecido conversaciones."
A manera de
consideraciones finales nos preguntamos qué hacer, interrogante que parece
adecuada, particularmente en estos momentos que en Venezuela pareciéramos
decididos a enderezar entuertos y a rescatar aciertos. Tiempo de avatares,
ciertamente, los que estamos viviendo, pero casi emociona la idea de que la
ansiada calma puede alimentarse, para lograrla, con el diálogo. Tiempos, pues,
de esperanza, en la certidumbre del esplendor de la verdad que, parafraseando a
Su Santidad Juan Pablo II, brilla de modo particular en el hombre. Tiempos
también de cambios, de necesarios cambios, entre ellos el de la cultura de la
ilusión, para utilizar un afortunado contexto que recientemente planteara el
padre jesuita Arturo Sosa en entrevista de El
Nacional. [Luisana
Colomine; "Arturo Sosa, S.J. Caldera no está gobernando con la
verdad". El Nacional, Caracas,
7.5.1995, C1, Domingo con…] Tiempos de necesario diálogo, ya expresado en
Venezuela por algunos de los protagonistas en la relación Iglesia–aborígenes.
El antropólogo Omar Rodríguez comenta en su Contribución a la crítica del indigenismo, que la práctica
indigenista en Venezuela "ha venido arrastrando vicios e inconsistencias
de carácter teórico, ideológico y político, imputables tanto al Estado nacional
que las ha estimulado e implementado […] como a los propios antropólogos"…
[Ob.Cit.]
Recordamos, por ejemplo, opiniones
emitidas por personeros del escenario eclesiástico a propósito de la enjuiciada
conmemoración del encuentro, así como
algunas de las disertaciones de la Conferencia Episcopal Venezolana de marzo
del 90, donde se indagó sobre "Qué papel dinamizador debe llevar la Misión
a los pueblos indios, sin atropellar, sin transculturizar y respetar a estos
hombres y mujeres que en sus esencias viven en el mayor contacto con la
naturaleza". Recordamos, asimismo, las palabras que en dicho foro dijera
Monseñor Mario Moronta, de que "el mandato de la Iglesia es ofrecer la
paz, y [que] no son cristianos quienes juegan con los sentimientos de las
comunidades". [Hugo
Colmenares; "Conferencia Episcopal diserta sobre indigenismo. Del 6 al 12
de marzo y prepara un documento con motivo de los 500 [años] de evangelización
en América". El Nacional, Caracas,
22.2.1990, C3.] Recordamos también a Juan Pablo II, en
Santo Domingo, pidiendo perdón "humildemente desde la conciencia del dolor
y de las injusticias infligidas a tantos hermanos" indios, con las
palabras de Santo Toribio de Mogrovejo: 'no sólo en tiempos pasados se les ha
hecho a estos pobres indios agravios y con tanto exceso, sino que también en el
día de hoy muchos procuran hacer lo mismo", según recuerda Aliana González en su reportaje "El
Papa pidió perdón a los indígenas". [El
Nacional, 12-10-1992, A-Última].
Supongo una capacidad manifiesta entre
los protagonistas históricos de esta suerte de enfrentamiento, expresado en el
recuento que creemos haber hecho. Iglesia, Antropólogos, Indígenas,
principalmente, han demostrado a nuestro modo de ver, aptitudes y esgrimido razones
y expuesto consideraciones que casi me tientan a retomar la idea de proponer un
diálogo obligado entre las partes.
Para finalizar, recordamos un editorial
de la revista Sic: "Una Ley de
Etnias Autóctonas deberá precisar los tipos de presencia del Estado, los grupos
religiosos nacionales, las instituciones científicas, los particulares […]
Deberá prever la imposibilidad de proyectos aberrantes de desarrollo… Deberá
conocer las diferentes formas de legalidad de cada etnia […] con respecto a la
familia, la propiedad, el gobierno, los delitos" ["Nuestras contradicciones y los
indios". Editorial. SIC, Nº
422:54, Caracas, febrero de 1980.]. Y recordamos, también, al antropólogo español Jean Mari Auzías,
cuando dice que "La Antropología quiere ser la ciencia de las culturas de
la humanidad entera: podemos considerar –dice- que todos los hombres no piensan
de la misma manera [y que] veremos en realidad que no piensan en las mismas
cosas".
Porque… "Un pueblo civilizado es el
que sabe hacer su vida y la hace…" ["Nuestras contradicciones…"]
No hay comentarios:
Publicar un comentario